Saltar al contenido

Ley de segunda oportunidad: compara presupuestos y ahorra hasta un 40%

Rellena el formulario en solo 1 minuto

  • Hasta 6 profesionales de tu provincia
  • Gratis y sin compromiso

Ley de segunda oportunidad: presupuestos de abogados de tu zona

Tramitar la Ley de segunda oportunidad con abogado cuesta, en la mayoría de los casos, entre 1.500 y 4.000 € con IVA, a menudo en cuotas mensuales, más el procurador. El precio sube si tienes vivienda u otros bienes, si eres autónomo con actividad o si el juez nombra administrador concursal.

Cuando las deudas superan lo que puedes pagar con tu sueldo o con tu negocio, el mecanismo de segunda oportunidad permite a una persona física, sea particular o autónoma, pedir al juzgado que cancele lo que no pueda pagar. En el lenguaje legal se llama exoneración del pasivo insatisfecho y está regulado en la Ley Concursal desde la reforma de 2022.

No es un trámite administrativo ni un formulario que se rellena en casa: es un concurso de acreedores de persona física, con abogado y procurador obligatorios. La reforma eliminó el antiguo paso previo del acuerdo extrajudicial de pagos, así que hoy se acude directamente al juzgado con la relación de deudas, bienes, ingresos y acreedores.

Antes de contratar conviene saber que no todas las deudas desaparecen y que el resultado depende de tu buena fe, de lo que tengas a tu nombre y de la vía elegida. Un abogado que lleve estos expedientes revisa tu caso y te dice con franqueza si te compensa, porque a veces negociar quitas o aplazamientos con los bancos sale más barato.

¿Cuánto cuesta un abogado de segunda oportunidad?

TrámiteDesdeHasta
Estudio inicial de viabilidad0 €150 €
Concurso sin masa de un particular sin bienes, honorarios totales1.500 €3.000 €
Concurso con venta de bienes del deudor2.500 €5.000 €
Plan de pagos para conservar la vivienda habitual3.000 €6.000 €
Autónomo con actividad abierta o deudas del negocio2.500 €6.000 €
Procurador durante todo el procedimiento300 €800 €
Administrador concursal, si el juez lo nombra500 €2.000 €

Precios orientativos con IVA incluido (21 %). Muchos despachos permiten pagar en 12 a 24 cuotas mensuales. La retribución del administrador concursal sigue un arancel oficial y se cubre con los bienes del concurso cuando los hay.

¿Cuándo llegan más consultas?

  1. Ene: esperas largas
  2. Feb: algo de espera
  3. Mar: esperas cortas
  4. Abr: esperas cortas
  5. May: esperas cortas
  6. Jun: esperas cortas
  7. Jul: esperas cortas
  8. Ago: esperas cortas
  9. Sep: esperas largas
  10. Oct: algo de espera
  11. Nov: algo de espera
  12. Dic: esperas cortas

Las deudas no esperan a ninguna estación, pero las consultas se disparan en enero, con la cuesta posterior a las Navidades y los primeros recibos del año, y en septiembre, cuando vuelven los cargos de la vuelta al cole tras el verano. En julio y agosto los despachos y los juzgados van más despacio, así que es buen momento para reunir papeles con calma. Si ya tienes un embargo de nómina o una subasta anunciada, no esperes a septiembre para moverte.

¿Qué requisitos pide la Ley de segunda oportunidad?

La ley exige que actúes de buena fe y lo concreta con una serie de situaciones que impiden la exoneración. El abogado tiene que comprobarlas antes de presentar nada, porque si falla alguna el juez puede denegarla y habrás pagado el procedimiento sin resultado. El juez también puede tener en cuenta si te endeudaste de forma temeraria, por ejemplo pidiendo préstamos sabiendo que no podrías devolverlos.

  • Ser persona física: particular, autónomo o socio que avaló con su patrimonio las deudas de su empresa.
  • No haber sido condenado en los últimos diez años por delitos contra el patrimonio, Hacienda, la Seguridad Social o los derechos de los trabajadores, entre otros.
  • No tener sanciones firmes por infracciones tributarias, de Seguridad Social o del orden social muy graves en ese mismo periodo.
  • No haber obtenido otra exoneración en los dos años anteriores si fue con plan de pagos, o en los cinco anteriores si fue con liquidación.
  • Haber colaborado con el juzgado y no haber ocultado bienes ni aportado información falsa.

¿Qué deudas se cancelan y cuáles no?

Pueden cancelarse las deudas con bancos y financieras, tarjetas revolving, microcréditos, proveedores, suministros y particulares. Con Hacienda y con la Seguridad Social la exoneración tiene un tope: hasta 10.000 € con cada una, de los que los primeros 5.000 € se perdonan enteros y el resto al 50 %.

Quedan fuera las pensiones de alimentos, las indemnizaciones por daños personales o por accidentes de trabajo, las deudas que nacen de un delito, las multas penales y las sanciones administrativas muy graves. En una hipoteca o un préstamo con garantía, la parte cubierta por el valor del bien tampoco desaparece: lo que se cancela es el exceso que no cubre esa garantía.

¿Liquidación o plan de pagos: qué vía conviene?

Con la liquidación, el juzgado vende tus bienes embargables y, una vez repartido lo obtenido, cancela lo que siga pendiente. Si no tienes nada de valor se tramita como concurso sin masa, que es el camino más rápido y barato y el que siguen la mayoría de los particulares endeudados.

Con el plan de pagos no vendes nada: te comprometes a pagar una parte de las deudas durante tres años, o cinco si quieres conservar tu vivienda habitual, y el resto queda exonerado de forma provisional hasta que cumples. Es la opción para quien tiene una casa con algo de valor o un negocio que quiere mantener, y exige unos ingresos estables con los que sostener las cuotas.

¿Cuánto tarda y qué pasa mientras dura?

En un concurso sin masa sencillo, desde que se presenta la solicitud hasta la resolución de exoneración suelen pasar entre seis meses y año y medio, según lo saturado que esté el juzgado de tu provincia. Con venta de bienes o con plan de pagos el camino es más largo, y en el segundo caso la exoneración no es definitiva hasta terminar de pagar.

Una vez declarado el concurso se paralizan la mayoría de los embargos y ejecuciones contra tu patrimonio y dejan de correr los intereses. A cambio tendrás que entregar extractos bancarios, nóminas, declaraciones de la renta y la lista completa de acreedores con sus importes, así que reunir esos papeles antes de la primera reunión acelera mucho el trabajo.

¿Cómo elegir abogado para la segunda oportunidad?

Es un sector con mucha publicidad y promesas llamativas, así que compara con calma. Desconfía de quien te garantiza la cancelación total sin haber visto tus papeles: quien decide es el juez, no el despacho.

  • Pregunta cuántos expedientes de este tipo ha llevado y en qué juzgados.
  • Pide el precio total por escrito, aclarando si el procurador y el administrador concursal están incluidos.
  • Aclara qué ocurre con lo que has pagado si la exoneración se deniega.
  • Comprueba que es abogado colegiado en ejercicio y que será él quien firme la solicitud.

¿Cómo pedir presupuesto con Helpdone?

Con Helpdone cuentas tu situación en pocas líneas, sin nombres de acreedores ni datos bancarios, y la petición llega hasta a 6 abogados de tu zona. Cada uno te explica cómo cobraría y en cuántos plazos, y tú decides con quién seguir hablando, sin ningún compromiso por haber preguntado.

¿Cómo te ayuda HelpDone?

  1. Envía tu solicitud

    Cuéntanos qué necesitas en pocos pasos con el formulario: solo te lleva un minuto.

  2. Compara presupuestos

    Hasta 6 profesionales de tu provincia pueden ver tu solicitud y enviarte su presupuesto.

  3. Elige y ahorra

    Elige al profesional que prefieras, sin ningún compromiso, y ahorra tiempo y dinero.

Preguntas frecuentes

¿Pierdo mi casa si me acojo a la segunda oportunidad?

No necesariamente. Con el plan de pagos puedes conservar la vivienda habitual siempre que sigas pagando la hipoteca y cumplas el plan durante cinco años. Con la vía de liquidación, en cambio, la vivienda se vende y lo obtenido se reparte entre los acreedores según su orden de preferencia.

¿Puedo acogerme si soy autónomo?

Sí. Autónomos y empresarios individuales pueden pedir la exoneración igual que un particular, incluidas las deudas generadas por el negocio y con el tope fijado para Hacienda y Seguridad Social. Si la actividad sigue en marcha, el abogado valorará si un plan de pagos te permite seguir trabajando mientras pagas.

¿Seguiré en los ficheros de morosos?

Una vez concedida la exoneración, las deudas canceladas no deberían seguir figurando como impagadas en los ficheros de solvencia; si continúan apareciendo, puedes reclamar su baja. Lo que sí queda es la publicación del concurso en el Registro Público Concursal, que es la forma oficial de darle publicidad.

¿Necesito intentar antes un acuerdo con mis acreedores?

Ya no es obligatorio. Desde la reforma de 2022 la solicitud de concurso se presenta directamente. Eso sí, si tu situación todavía permite negociar, el abogado puede proponer primero quitas o aplazamientos con los bancos, que a veces resuelven el problema sin pasar por el juzgado.

¿Qué pasa si después me toca dinero o recibo una herencia?

Durante los tres años siguientes a la exoneración, los acreedores pueden pedir que se revoque si mejoras de forma notable gracias a una herencia, una donación o un premio de juego, o si se descubre que ocultaste bienes o ingresos. Mientras tanto conviene guardar toda la documentación del procedimiento.

¿Puedo pedir justicia gratuita para este procedimiento?

Sí, siempre que los ingresos de tu familia no superen los límites legales. En ese caso el abogado y el procurador se designan del turno de oficio y no les pagas honorarios. Ten en cuenta que la tramitación del reconocimiento lleva su tiempo y que no cubre los posibles gastos de administrador concursal.

Pedir presupuestos